EL COLEGIO DE BIÓLOGOS DE EUSKADI ANTE LA FUMIGACIÓN DE PLANTACIONES DE CONÍFERAS



8 DE NOVIEMBRE DE 2018

Con relación a la posible solución dada por la Administración para erradicar el hongo (banda marrón y roja) de las coníferas, El Colegio Oficial de Biólogos de Euskadi considera que la aplicación aérea de este producto no sería ni lo más adecuado ni científico, por algunas de las siguientes razones:

1) Según reconocidos autores, el óxido de cobre es extremadamente venenoso y tóxico por ingestión. Causa daños al sistema nervioso central y al sistema endocrino, y también es irritante para los ojos y piel.

2) Respecto a su toxicidad crónica y a largo plazo, al ser bioacumulable, es peligroso tanto por inhalación como por ingestión a bajas concentraciones.

3) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) ha calificado su uso como de elevado riesgo para aves, mamíferos y organismos del suelo.

4) La aplicación o pulverización aérea de fitosanitarios es una práctica que se establece como prohibida tanto en la directiva europea[1] como estatal [2]que, si bien establece excepciones como que "no debe haber ninguna alternativa viable", o que "debe haber ventajas claras en términos de menor impacto en la salud humana y el medio ambiente en comparación con la aplicación terrestre de plaguicidas”, éstas deben estar adecuadamente justificadas para que se pueda aprobar. Y creemos que este no es el caso.

5) La pulverización aérea de este producto propiciará que se vehicule a través del suelo y, en última instancia, contaminará los recursos hídricos, de forma que acabará afectando a la flora y fauna tanto del suelo, como la acuática.

6) Querer rociar miles de hectáreas con este producto químico, o cualquier otro, y más en un territorio como la vertiente atlántica de Euskadi, en donde la población vive muy próxima de las plantaciones de pinos, es una actuación que conlleva efectos peligrosos.


Fdo. Jon Ander Etxebarria Garate

DECANO COLEGIO DE BIÓLOGOS DE EUSKADI










[1] Reglamento (CE) no 1107/2009 relativo a la comercialización de productos fitosanitarios en la Unión Europea






[2] Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.

Comentarios