El Gobierno modifica la estructura de Medio Ambiente de cuya Secretaría de Estado penderán cuatro áreas
Así, según el Real Decreto se trata de "dotar de mayor eficiencia a los departamentos" y la nueva estructura obedece al "nuevo escenario" de contención presupuestaria con la que se dará "respuesta adecuada" a las políticas de este departamento.
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto que desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y que recorta el número de direcciones y subdirecciones generales, reduciendo en más de 500.000 euros los costes de funcionamiento.
Así, según el Real Decreto se trata de "dotar de mayor eficiencia a los departamentos" y la nueva estructura obedece al "nuevo escenario" de contención presupuestaria con la que se dará "respuesta adecuada" a las políticas de este departamento.
De este modo, la nueva estructura establece como "pilares básicos" el departamento de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, la Subsecretaría, la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y la Secretaría General de Pesca. Mientras, el Organismo Autónomo Parques Nacionales quedará adscrito directamente al ministro.
Con el ajuste se pasa de 61 subdirecciones generales a 52 y las Confederaciones Hidrográficas son dotadas del rango orgánico de subdirecciones generales, lo que significa la desaparición de las cinco direcciones generales actuales.
Del mismo modo, el nuevo diseño recoge la "integración" de materias y áreas ambientales, agrarias y rurales y, mediante la supresión de la dirección general de Medio Natural y Política Forestal, se dividen ambas áreas, por lo que Medio Natural pasa a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, mientras que el área de la Política Forestal se englobará en la dirección general de desarrollo rural y política forestal.
Por otro lado, la dirección general del Agua se integra en la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, salvo la política de regadíos, que pasará a la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Concretamente, la nueva estructura orgánica establece como competencias de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente formular las políticas de calidad ambiental, de prevención de la contaminación, de cambio climático, la evaluación ambiental, el fomento del uso de tecnologías limpias y hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles.
Además, a esta Secretaría de Estado le corresponde también las políticas referentes a la protección del medio natural, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y de la Secretaría General de Pesca en la materia.
Por otro lado, incluye competencias entre las que destacan la biodiversidad, la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, así como la definición de los objetivos y programas derivados de la directiva marco del agua y la gestión directa del dominio público hidráulico.
Igualmente, acogerá las políticas sobre protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de biodiversidad de los ecosistemas marinos.
CUATRO DIRECCIONES DENTRO DE LA SECRETARÍA
Concretamente, penderán de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente: la Oficina Española de Cambio Climático, con rango de dirección general y que, a su vez, contará con las subdirecciones generales de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático y la de Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad.
Asimismo, dependerán del departamento que dirige Federico Ramos de Armas la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, que asumirá la parte de competencias de conservación del Medio Natural y la Biodiversidad de la extinta Dirección general de Medio Natural y Política Forestal, contando para su gestión con las subdirecciones generales de Residuos, de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial, de Evaluación Ambiental y de Medio Natural.
Al mismo tiempo, de la Secretaría dependerá la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, de la que dependerán las subdirecciones generales de Dominio Público Marítimo-Terrestre y de Protección de la Costa, quedando dependiente de esta Dirección General la División para la Protección del Mar.
Finalmente, acogerá la Dirección General del Agua, que contará para el desarrollo de sus funciones con las subdirecciones generales de Planificación y Uso Sostenible del Agua, de Programación Económica, de Infraestructuras y Tecnología y de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico.
En esta Dirección General quedarán también adscritas al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente la Mancomunidad de los Canales de Taibilla y las Confederaciones Hidrográficas, mientras que los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar, Tajo, Guadiana, Duero y Ebro tendrán el rango de Subdirectores Generales.
ECOticias.com – ep
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