"queda acreditado el derecho a la asistencia jurídica gratuita para las ONGs ambientales"

https://es.wikipedia.org/wiki/Convenio_de_Aarhus

Oharra; Aarhuseko Hitzarmenarako Estatuko Puntu Fokalak bidalitako mezu elektronikoaren kopia.

Estimados compañeros, Puntos Focales Autonómicos y Locales del Convenio de Aarhus

En primer lugar espero os encontréis bien de salud, vosotros y vuestras familias.

Como probablemente recordéis en la Decisión VI/8j adoptada en la pasada Reunión de las Partes (Buvda, Montenegro Septiembre 2017) contenía la Comunicación ACCC/C/2009/36 en la que se requería a nuestro país a adoptar las medidas necesarias para asegurar que los obstáculos que existían para la plena aplicación del artículo 9parrafos 4 y 5 del Convenio, con respecto a la asistencia jurídica a las organizaciones no gubernamentales de carácter ambiental, fueran superadas.

El problema derivaba de las discrepancias existentes, en cuanto a los requisitos exigidos, para el acceso a la asistencia jurídica gratuita, a las ONGs ambientales, entre la Ley 27/2006 de 18 de julio que regula el acceso a la información la participación pública y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente y la Ley 1/1996 de 10 de enero de asistencia jurídica gratuita.

Promovimos inmediatamente reuniones entre representantes del antiguo Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y del Ministerio de Justicia, para estudiar los trámites para acometer los cambios legislativos que resolviesen esas posibles discrepancias. Sin embargo la situación política que sobrevino en los inmediatos años posteriores, con Gobiernos en funciones y sin las necesarias mayorías parlamentarias, hicieron imposible acometer esas reformas.

A la vista de los recursos planteados por distintas ONGs contra las decisiones denegatorias de asistencia jurídica gratuita, dictadas por las Comisiones Autonómicas de Asistencia Jurídica Gratuita, procedimos a hacer un seguimiento y análisis de las sentencias dictadas por los jueces, en esta materia .

El 16 de enero de 2018 se dicta auto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, frente al recurso interpuesto por una ONG ambiental, al haberle sido denegado su derecho a la asistencia jurídica gratuita por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, señalando que la ONG demandante tenía derecho a la asistencia jurídica gratuita, al concurrir en ella los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 27/2006 de 18 de julio, no siendo necesario, según la parte dispositiva del mencionado auto, que en la ONG demandante concurran también los requisitos señalados en el artículo 2 de la Ley 1/1996 de 10 de enero de asistencia jurídica gratuita. Posteriormente se dictó nuevo auto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en los mismos términos que el anterior.

Los Tribunales Superiores de Justicia de distintas Comunidades Autónomas han recogido, en diferentes autos, esa jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo, en el sentido de que las ONGs que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 27/2006 de 18 de julio, tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita, no siendo necesario que concurran también en ellas los requisitos señalados en el artículo 2 de la Ley 1/1996 de 10 de enero de asistencia jurídica gratuita.

Al ser los Jueces y Tribunales los órganos encargados de interpretar y aplicar las Leyes queda, en nuestra opinión, demostrado que con la actual legislación y sin necesidad de acometer cambios legislativos, queda acreditado el derecho a la asistencia jurídica gratuita para las ONGs ambientales que cumplen los requisitos del artículo 23 de la Ley 27/2006 de 18 de julio de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia, en materia de medio ambiente.

Este planteamiento lo hemos trasladado al Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus, en los sucesivos Informes de Progreso que tenemos que remitirles anualmente, dándoles cuenta de las actuaciones para cumplir sus recomendaciones, en relación al su Decisión y confiamos en que sean tenidas en cuenta y de por resuelto este tema .

Aunque como podéis observar por los autos que os adjuntamos los Tribunales son unánimes en seguir esa Jurisprudencia, las Comisiones Autonómicas de Asistencia Jurídica Gratuita siguen desconociendo frecuentemente la misma, negando a las ONGs ese derecho, lo que les obliga a presentar los correspondiente recursos judiciales que, aunque la final se resuelven a su favor, dilata los procedimientos y les obliga a realizar trámites innecesarios.

Es por esto último que acudimos a vosotros para que trasladéis a las Comisiones Autonómicas de Asistencia Jurídica Gratuita esta jurisprudencia, con el objetivo de que la tengan en consideración a la hora de otorgar o denegar ese derecho.

También sería interesante que trasladaseis este correo a las ONGs de carácter ambiental de vuestros respectivos territorios, para que conozcan esta jurisprudencia y la invoquen en sus solicitudes

Agradeciendo como siempre vuestra colaboración.

Cordiales saludos, feliz navidad y un mejor 2021.

Joaquín Carril Martínez
Punto Focal Nacional del Convenio de Aarhus.
Subdirección General de Relaciones Internacionales
Plaza San Juan de la Cruz S/N
28071 Madrid
Tel.915975663

Comentarios

  1. Justicia gratuita a las asociaciones ecologistas
    29/04/2014

    El convenio de Aarhus ya reconocía el derecho a una justicia gratuita en materia de medio ambiente

    Las ONG ecologistas son las mejores garantes de la protección ambiental en los tribunales

    Amigos de la Tierra, Ecologistas en Acción, Greenpeace, SEO/BirdLife y WWF España felicitan al Ministerio de Justicia por rectificar y ampliar el beneficio de la justicia gratuita a las entidades medioambientales con independencia de sus recursos económicos. Este ha sido un caballo de batalla de estas organizaciones en los últimos meses frente a la primera propuesta del gobierno.

    Dos leyes de este gobierno, la Ley de Tasas, que suponía un coste inasumible para las ONG ambientales, y la reforma de la Ley de jurisdicción contencioso administrativa que obligaba a los magistrados a imponer las costas a las ONG, hacían prohibitivo que las ONG ambientales volvieran a acudir a los tribunales. Ante esta situación la única oportunidad era que las asociaciones medioambientales pudieran acogerse a la justicia gratuita. Sin embargo, el proyecto de Ley aprobado por el Gobierno no contemplaba esta posibilidad.

    Por ello, el anuncio del ministro Ruiz-Gallardón por el que se ampliará el beneficio de la justicia gratuita a las entidades medioambientales es valorado muy positivamente por las ONG ecologistas. Sin embargo, llaman a la prudencia hasta que se conozcan las enmiendas que finalmente propondrá el grupo popular.

    No obstante, las ONG ecologistas quieren aclarar que el acceso a la justicia en materia ambiental es un derecho consolidado desde la ratificación del Convenio de Aarhus por parte de España y de la Unión Europea que se veía vulnerado por la Ley de Tasas y la reforma de la Ley de jurisdicción contencioso administrativa. Recientemente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó al Reino Unido por ser la justicia en materia ambiental demasiado onerosa para los recurrentes y demasiado imprevisible. Con este anuncio del ministro se restablece un derecho que siempre debieron tener las asociaciones ambientales.

    Además las ONG ecologistas exigen que se eliminen las desorbitadas cauciones que se imponen por determinados tribunales para la concesión de medidas cautelares o ejecución provisional de sentencias en materia medioambiental, tal y como obliga el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

    Hay que recordar que las asociaciones medioambientales son entidades sin ánimo de lucro que dedican todos sus recursos para defender un bien colectivo que es el medio ambiente.

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  2. “Aunque de ámbito regional, la importancia del Convenio de Aarhus es global. Se trata, con mucho, de la elaboración más impresionante del Principio 10 de la Declaración de Río, que acentúa la necesidad de que los ciudadanos participen en los asuntos ambientales y de que accedan a la información sobre el medio ambiente que está en poder de las autoridades públicas. Y como tal, es hasta ahora la empresa más ambiciosa acometida en el área de la ‘democracia ambiental» bajo los auspicios de las Naciones Unidas” Kofi A. Annan, Secretario General de las Naciones Unidas

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