APROBACION PROVISIONAL CASI CLANDESTINA DEL PGOU DE BUSTURIA


Copia Plano de Ordenacion Beotegi-Presape-Zubiondo
2017/05/03. PLENO MUNICIPAL BUSTURIA 

5.-º PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE BUSTURIA 
Mediante acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 26 de noviembre de 2014 se aprobó inicialmente el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Busturia sometiéndose al trámite de información pública por plazo de 45 dias a contar desde el día siguiente al de publicación del correspondiente anuncio en el Boletin Oficial de Bizkaia, prensa diaria, asicomo en la sede electrónica municipal en que permaneció expuesto al público.
En relación al procedimiento de evaluación ambiental estratégica del PGOU, se sometió a información pública el Estudio Ambiental Estratégico y simultáneamente a consultas alas Administraciones Públicas afectadas y al público interesado, de conformidad con lo establecido en los articulos 21 y 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y artículo 12.1 del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas. 
Durante el plazo referido se presentaron veintitrés escritos de alegaciones, que fueron informados por el equipo redactor del Plan y resueltos por acuerdo plenario de 15 de abril de 2015, asumiendo las conclusiones del informe técnico antes mencionado. 
 También se recibieron los informes emitidos por las administraciones sectoriales tras la aprobación inicial, que realizaban observaciones y proponían modificaciones del instrumento de planeamiento; teniendo en consideración el contenido de los informes se procedió a corregir los aspectos vinculantes señalados en los mismos.
A la vista de los informes emitidos por el Arquitecto Asesor Municipal y Secretario de esta Corporación, de fechas 27 de marzo de 2017 y 19 de abril de 2017, respectivamente, el Ayuntamiento Pleno, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 22.2.c Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por cinco votos a favor y tres abstenciones, acordó: 
  • PRIMERO.— Aprobar provisionalmente el Plan General de Ordenación Urbana de Busturia con las modificaciones resultanates del apartado anterior por lo que hace a las alegaciones estimadas y los informes sectoriales emitidos por las administraciones públicas interesadas. En el texto refundido del documento se deberán realizar las siguientes correcciones y modificaciones: 
    • a) lntroducir en el cuadro Normativo correspondiente al Ámbito Urbanístico A.U.5— Artetxezuria—Malbeondo una corrección o aclaración en el sentido de que las viviendas dela unidad deberán ser tanto libres como VPP. 
    • b) Modificar la previsión contenida en los cuadros normativos correspondientes a los ámbitos urbanísticos A.U.11.1< LEKOSAIZ y A.U.20.1— GOLLEBAR, para que el plazo de aprobación del P.A.U. sea de 4 años, en lugar de 8 años como consta en el documento (según propuesta del concejal Sr. Elorrieta que fue aprobada por unanimidad).
  • SEGUNDO.— Remitir al Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia el documento de PGOU que se aprueba provisionalmente a fin que se emita la correspondiente memoria ambiental, conforme alo dispuesto en el art. 13 del Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas. 
  • TERCERO.— De conformidad con lo establecido por el articulo 91.2 de la Ley 2/2006, de 30 de junio de Suelo y Urbanismo, remitir el Plan General, a la Comisión de Ordenación del Territorio del Pais Vasco, quien emitirá informe, que será vinculante en lo referente a la acomodación del Plan General a los instrumentos de ordenación territorial y a todos aquellos aspectos sectoriales que, con arreglo a la normativa aplicable y a los proyectos supramunicipales aprobados, resulten de la competencia de las administraciones estatal, autonómica o foral. 
Durante el debate del asunto los concejales de EAJ—PNV manifestaron que ellos se hubiesen abstenido respecto del PGOU, pero que, dado que ello hubiese supuesto que el plan no se hubiese aprobado (por no obtener el quorum de mayoría absoluta) y por estimar que la prioridad es aprobarlo, aunque ellos puedan no estar de acuerdo con su contenido, uno de sus concejales iba a votar a favor, absteniéndose el resto.
Manifestaron que el PGOU es una especificación y criterio de actuación de primer nivel en el ámbito municipal, debido a que establece los criterios y consideraciones que marcan la proyeción del municipio tanto en su configuración actual como futura; que el proceso de análisis, cambios y evoluciones que ha sufrido la propuesta de Plan que se somete a aprobación, ha sido muy complejo, extenso en el tiempo, y con numerosas variaciones respecto a la propuesta base que se definió hace ya cuatro legislaturas, cuando empezó el proceso de redacción del mismo; dijeron que la propuesta que actualmente se somete a aprobación, no refleja varias de las consideraciones que entendían que eran importante adoptar, como la consolidación de los núcleos urbanos en lugar de dispersar el crecimiento urbano y desarrollar una estrategia comarcal en el ámbito industrial y no actuaciones nuevas e inconexas; pero pese a ello, y debido ala necesidad que tiene el municipio de Busturia de un ordenamiento actualizado que permita su desarrollo, facilitaban su aprobación; concluyeron diciendo que se deberá ir revisando el Plan, añadiendo o modificando actuaciones puntuales, que permitan dar una respuesta más adecuada a cada caso; formularon una critica a todos los grupos municipales por haber necesitado cuatro legislaturas para aprobar el PGOU, debiendo haberse trabajado más en equipo dejando los temas partidarios al margen y buscando consensos.
El Sr. Lartitegi dijo que, cuando él llegó a la alcaldia, se encontró con un plan desarrollista y expansivo que hubo que corregir, por eso se sorprendía de que, ahora, los concejales de EAJ—PNV hablasen de consolidación de los núcleos. Dijo que la ampliación del suelo urbano hacia Goldibar (que habian criticado los concejales de EAJ—PNV) no suponia un incremento del número de viviendas sino una ampliación de las cesiones y obras de urbanización que obtiene el ayuntamiento. Dijo que varias decisiones si se aprobaron por consenso y por unanimidad (tema industrial, eliminación de los chalets de San Bartolomé,etc…)
El Sr. Elorrieta manifestó que precisamente se habían reducido los desarrollos previstos (San Miguel, por ejemplo) por considerarlos excesivos, dejándolos en una especie de reserva de suelo para el futuro. Dijo que el primer avance estaba elaborado libremente por el equipo redactor y que no lo respaldaba ni siquiera la corporación del momento; admitió que tal vez fue un error elaborar un nuevo avance en lugar de tramitar aquel para escuchar las alegaciones del vecindario

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