El TSPV da la razón a Diputación y suspende la orden de protección del edificio de Bastida

El TSPV da la razón a Diputación

El TSPV da la razón a Diputación y suspende la orden de protección del edificio de Bastida

La institución foral mostró su desacuerdo con las formas y contenido del expediente del Gobierno López

Maite Redondo - Miércoles, 27 de Febrero de 2013 -DEIA


Vista del edificio de Bastida en Sukarrieta, donde en 1925 se instaló la Colonia Infantil Nuestra Señora de Begoña, de la obra social de la BBK. (Deia)

bilbao. La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado la razón a la Diputación de Bizkaia y anula, tal y como pedía la institución foral en su recurso, la decisión del Gobierno López de declarar Bien Cultural el edificio que alberga las colonias de la BBK en Sukarrieta, cuyos terrenos acogerían la ampliación del Museo Guggenheim Bilbao. La sentencia, a la que tuvo acceso ayer este periódico, determina que "estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Diputación contra la orden del 28 de marzo de 2011 del departamento de Cultura del Gobierno vasco (BOPV número 78 de 26.4.11) por la que se inscribe la colonia infantil Nuestra Señora de Begoña como Bien Cultural, con la categoría de conjunto monumental, en el inventario general del Patrimonio cultural vasco, debemos anularla, declarando la caducidad del procedimiento y su archivo".

La Diputación de Bizkaia había mostrado su desacuerdo con las "formas y el contenido" del expediente abierto por el Gobierno López del procedimiento de protección oficial del edificio de Ricardo Bastida. La institución foral recurrió la declaración de Bien Cultural para Sukarrieta, "una declaración que incumple el plazo legal de seis meses estimado para resolver la inscripción de un bien cultural entre el inicio de un expediente y su resolución", se informó desde la Diputación. Según dicho plazo, la inscripción debía de haberse hecho antes del 17 de noviembre de 2010, por lo que el expediente "está caducado y viciado en origen por incumplimiento de legalidad", señalaron desde la institución foral.

alegaciones  

Pero la Diputación denunció que no solo se habían saltado los plazos y habían resuelto el expediente fuera de plazo. Se criticó además que el Gobierno López desoyera todas las alegaciones y argumentos que presentaron tanto el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), como la propia Diputación, BBK y el Ayuntamiento de Sukarrieta, así como profesionales independientes. La institución foral destacó la posición del MARM, de quien dijo que "entiende, entre otras cuestiones, que no es necesaria la inclusión de la parcela que cuenta con la ocupación de dominio público en la delimitación del Conjunto Monumental, por estimar que la protección de sus valores medioambientales está garantizada por la propia Ley de Costas".

La Diputación se quejó también de que el Ejecutivo López había esperado tres meses para abrir el expediente de protección en pleno mes de agosto, por lo que las instituciones, entre ellas la propia Diputación, ayuntamientos de la zona y BBK, tuvieron que superar las dificultades de un mes veraniego para poder formular las alegaciones. Un modus operandi que, según se destacó entonces desde la Diputación, no fue el mejor ejemplo de plena comunicación y asistencia mutua entre las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma para la defensa del patrimonio cultural, como señala la propia Ley de Patrimonio. La institución vizcaina anunció que "adoptaría las medidas que considere oportunas" para "velar por los intereses de todos los vizcainos", por lo que decidió solicitar al TSJPV la suspensión de la decisión del Gobierno socialista.

En julio del año pasado, el TSJPV decidió desestimar la suspensión cautelar solicitada por la Diputación Foral de Bizkaia, indicando que "no puede concluirse que de forma evidente y manifiesta deba considerarse caducado el expediente". La Sala estimó que debía prevalecer "el mantenimiento de la situación" de las edificaciones puesto que "lo que resultaría irreversible, en defensa del patrimonio cultural, es que pudieran llegar a alterarse, antes de que se obtenga un pronunciamiento definitivo".

La protección incluía, por un lado, la propia colonia el edificio principal y la capilla -y sus edificios auxiliares-- casa del guarda y vivienda del director. Por otro lado, englobaba el recinto ajardinado que lo rodea, así como todo el mobiliario de los jardines. Asimismo, incorporaba el área deportiva y las huertas.

Ahora, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV ha decidido atender la petición de la Diputación. La institución foral ha dejado siempre bien claro que nunca se ha planteado derribar el edificio de Ricardo Bastida. Se ha pedido una protección para las colonias, "pero lo que decimos es que no constituye todo lo que hay allí una unidad cultural porque, evidentemente, el polideportivo y los establos no conforman una unidad monumental", según la institución foral.

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