Aprobaciòn definitiva del Texto refundido del Plan de Acción Territorial de la nueva Variante de Bermeo

Administración Foral del Territorio Histórico de Bizkaia - Anuncios
Departamento de Obras Públicas

El Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, en sesión celebrada el día de 23 de noviembre de 2010, ha adoptado el Acuerdo Foral del tenor literal siguiente:

Antecedentes.

Primero.-Mediante Acuerdo Foral número 24, de 3 de junio de 2008, se procedió; por una parte, a aprobar inicialmente el Plan de referencia, así como ordenar la apertura de los trámites de información pública y audiencia al Ayuntamiento de Bermeo y, de otra, solicitar Informe a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco y al Patronato de la Reserva de la Biosfera del Urdaibai.

Segundo.-La apertura del tramite de información pública se publicó en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y en dos diarios de los de mayor circulación en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo, como el presente Plan se consideró que inicialmente solo afectaba al término municipal de Bermeo, se solicitó únicamente informe al citado Excmo. Ayuntamiento.

Tercero.-Transcurridos los plazos de información pública y oficial se presentaron cuatro alegaciones. Una de ellas presentada por el Ayuntamiento de Bermeo y otra por el Departamento Foral de Transportes y Urbanismo y otras dos presentadas, respectivamente, por la Asociación Artike Bizirik y por María Carmen Ureta Lotina y María Begoña Ureta Lotina.
De otra parte, por parte de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Bizkaia de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco se emitió informe.
Por la sociedad foral Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A., en adelante, Interbiak, S.A., se elaboró un informe propuesta contestación a las alegaciones presentadas al citado Plan, incorporándose el mismo a la documentación del presente expediente.

Cuarto.-Asimismo, se indica que la estimación de las alegaciones conllevó una modificación sustancial del Plan aprobado inicialmente, por lo que se consideró pertinente aprobar un texto refundido y someterlo nuevamente a información pública y oficial.

Mediante Acuerdo Foral número 13, de 6 octubre de 2009, se procedió, por una parte, a aprobar el texto refundido del Plan de referencia, así como ordenar la apertura de los trámites de información pública y audiencia al Ayuntamiento de Bermeo y, de otra, solicitar informe a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco y al Patronato de la Reserva de la Biosfera del Urdaibai.
Con posterioridad, se informó por parte de Interbiak que la adopción de dicho Acuerdo implicaba afectar a dos nuevos municipios, Mundaka y Busturia, por lo que resultaba pertinente solicitarles informe al respecto.
Por ello, mediante Acuerdo Foral número 14, de 20 de octubre de 2009, se procedió a notificar a dichos ayuntamientos el Acuerdo Foral número 13 anteriormente referenciado, dándoles el plazo pertinente para emitir el correspondiente informe.
La apertura del trámite de información pública se publicó en el «Boletín Oficial de Bizkaia» y en dos diarios de los de mayor circulación en el Territorio Histórico de Bizkaia, en fecha 3 de noviembre de 2009.

Quinto.-Transcurridos los plazos de información pública y oficial del citado Texto refundido y obtenido Informe de la Sección de Planeamiento Urbanístico de Bizkaia de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco se aprobó provisionalmente el Texto refundido del Plan de Acción Territorial que nos ocupa mediante Acuerdo Foral de 9 de marzo de 2010.
En dicho acuerdo también se acordó solicitar al Departamento de Medio Ambiente informe definitivo de impacto ambiental.
Sexto.-Mediante Orden Foral 2086, de 29 de octubre de 2010, del diputado foral de Medio Ambiente se ha emitido informe definitivo de impacto ambiental.
Séptimo.-Por último el Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai ha emitido infomes en las siguientes fechas:
- 9 de octubre de 2008 en relación al Plan de Acción Territorial aprobado Inicialmente.
- 11 de diciembre de 2009 en relación al Texto refundido del Plan de Acción Territorial aprobado inicialmente.

Fundamentos de Derecho.
Primero.-Vistos los antecedentes anteriormente descritos, resulta pertinente aprobar definitivamente el Texto refundido del Plan de Acción Territorial que nos ocupa y adoptar los actos necesarios para dar adecuado cumplimiento a lo previsto en el artículo 89 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.

Segundo.-La competencia para resolver recae en el Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Norma Foral 2/1993, de 18 de febrero, de Carreteras del Territorio Histórico de Bizkaia, y en el apartado 2 del artículo 97 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
Como anexo al presente Acuerdo se incorpora una declaración expresa y comprensible para la población que resume de qué manera se han integrado en el Plan de Acción Territorial los aspectos medioambientales, en cumplimiento de lo exigido por la normativa ambiental en vigor.
ACUERDO FORAL.
Primero.-Aprobar definitivamente el Texto refundido del Plan de Acción Territorial de la nueva Variante de Bermeo, incorporando al contenido del presente Acuerdo Foral, a modo de anexo, una declaración expresa y comprensible para la población que resume de qué manera se han integrado en el Plan los aspectos medioambientales.

Segundo.-Ordenar la remisión de un ejemplar diligenciado del presente Plan de Acción Territorial al Registro de Planeamiento obrante en el Departamento de Transportes y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia.

Tercero.-Publicar, una vez cumplimentado lo indicado en el apartado inmediatamente anterior, el texto íntegro del presente Acuerdo, junto con su anexo y la normativa urbanística aprobada en el «Boletín Oficial de Bizkaia». Asimismo, se publicarán en dos diarios de los de mayor circulación en el Territorio Histórico de Bizkaia los anuncios relativos a la aprobación definitiva del Plan de Acción Territorial que nos ocupa.
Todo lo anterior, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 89.5 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo del País Vasco, y de cara a producir los efectos detallados en el artículo 88 de la citada Ley.

Cuarto.-Notificar el presente Acuerdo, junto con su anexo, a los excelentísimos ayuntamientos de Busturia y Mundaka, al Patronato de la Reserva de la Biosfera del Urdaibai, a la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco y a los siguientes alegantes del Texto refundido:
- Alegante número 1: Asociación Artike Bizirik.
- Alegante número 2: Ayuntamiento de Bermeo.
Y asimismo, notificar el presente Acuerdo, junto con su anexo, al resto de los alegantes a la aprobación inicial del Plan de referencia, María Carmen Ureta Lotina y María Begoña Ureta Lotina y al Departamento Foral de Transportes y Urbanismo.
Quinto.-Comunicar el presente Acuerdo, junto con su anexo, al Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia y a la sociedad mercantil foral Interbiak-Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A.

Sexto.-Remitir un ejemplar completo, debidamente diligenciado, del presente Plan de Acción Territorial a los excelentísimos ayuntamientos de Bermeo, Busturia y Mundaka, y al Patronato de la Reserva de la Biosfera del Urdaibai, al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco, al Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia y a Interbiak, S.A.

Séptimo.-Indicar al público en general que la documentación del citado Plan estará a su disposición en los registros de Planeamiento Urbanístico existentes en el Departamento de Transportes y Urbanismo de esta Diputación Foral así como en el existente en el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca de Gobierno Vasco y en las dependencias de los ayuntamientos de Bermeo, Busturia y Mundaka.

Octavo.-Contra el presente Acuerdo Foral podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de su publicación o notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de cualquier otra medida que se estime procedente en defensa de sus intereses.
 
Bilbao, a 17 de diciembre de 2010.
La diputada foral de Obras Públicas, .
ITZIAR GARAMENDI LANDA.
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