Conjunto Monumental de rango Arquitectónico, Urbanístico y Paisajístico.


COLONIA MARÍTIMA PARA LA CAJA DE AHORROS

SUKARRIETA (Bizkaia)



Iñaki Uriarte

Arquitecto
2009





EUSKO JAURLARITZA
Kultura Saila
Euskal Kultura Ondorearen Zentrua.

Gasteiz


Qué por las razones que a continuación se aportan, solicita la incoación del expediente oportuno para la declaración de la COLONIA MARITIMA para la CAJA DE AHORROS, más conocida como COLONIA INFANTIL DE SUKARRIETA (Bizkaia) como BIEN CULTURAL CALIFICADO con la categoría de CONJUNTO MONUMENTAL de rango URBANÍSTICO PAISAJÍSTICO.

MOTIVOS

BASES LEGALES

Que tal como indica la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, en su EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

“El patrimonio cultural vasco es la principal expresión de la identidad del pueblo vasco y el más importante testigo de la contribución histórica de este pueblo a la cultura universal. Este patrimonio cultural es propiedad del pueblo vasco.”

Y posteriormente cita:

”Se establece también el deber de los poderes públicos de velar por la integridad del patrimonio cultural vasco y, al mismo tiempo, se reconoce la acción pública de los ciudadanos  para actuar en defensa de dicho patrimonio.”

En el TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 3.- Cualquier persona estará legitimada para actuar en defensa del patrimonio cultural ante las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco y/o tribunales competentes exigiendo el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.

En el TÍTULO II. DE LOS BIENES CULTURALES.
CAPÍTULO I. DE LOS BIENES CULTURALES CALIFICADOS

Artículo 10.- Tendrán la consideración de bienes culturales calificados aquellos bienes  del patrimonio cultural vasco cuya protección es de interés público por su relevancia o singular valor y así sea acordado específicamente.”

Artículo 11.3.- “No obstante, cualquier persona física o jurídica podrá solicitar la apertura de un procedimiento de calificación, que deberá ser incoado por la Administración, salvo que medie denegación motivada, que será notificada a los interesados.”

Y, en el CAPÍTULO V. DEL PATRIMONIO ETNOGRAFICO.

Artículo 51.- “Se considera patrimonio etnográfico  al conjunto de bienes materiales e inmateriales en que se manifiesta la cultura tradicional del País Vasco.”

Artículo 53.- “Los bienes etnográficos inmateriales, como usos, costumbres, creaciones, comportamientos, que trascienden de los restos materiales  en que puedan manifestarse, serán salvaguardados por la Administración competente según esta ley…”


En base a todos estos principios reguladores parece oportuno considerar los siguientes


FUNDAMENTOS


Sinopsis histórica

Se trata de un programa de asistencia a la infancia desarrollado en forma de residencia en un edificio y sus instalaciones complementarias para estancias temporales de niños y niñas de diversos centros escolares de Bizkaia con afecciones de salud para su mejora en un ambiente natural excepcional. Pionero en sus aspectos de higiene escolar, de pedagogía, fortalecimiento físico, medicina infantil y también comprensión del medio ambiente, equiparable a lo más avanzado que se realizaba en algunos países europeos y que suscitó un enorme interés en otros lugares durante muchos años.

Fue patrocinado por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Bilbao, que en aquella época era la tercera en importancia en el Estado, de acuerdo a sus estatutos que proclaman en artículo 26: “El resto (de los fondos de reserva) se destinarán a las atenciones siguientes: b) A promover, crear, sostener o auxiliar las obras o instituciones benéficas, sociales o de cultura popular a que se refiere…”

La colonia se construyó en un paraje expresamente elegido de enorme belleza junto la desembocadura de la Ría de Gernika-Mundaka y en el término municipal que entonces se llamaba Pedernales, actual Sukarrieta, sobre las preexistencias de una finca con una edificación conocida como Ama Begoñako Etxia, que fue adquirida para desarrollar esta iniciativa social de la Caja de Ahorros y que dio nombre al conjunto: Colonia Escolar de Nuestra Señora de Begoña.

El proyecto fue encargado al gran arquitecto vasco Ricardo de Bastida (1879-1953) definiéndolo como Colonia Marítima para la Caja de Ahorros, quien concibió en 1920 una primera edificación de acuerdo al contexto donde se situaba en estilo neovasco. Es decir, una construcción en la que destacan los recursos compositivos y formales de la arquitectura tradicional y popular vasca. Fachadas de mampostería con arkupes de arcos y vigas de madera en dinteles, cubiertas con los faldones acentuados, abundancia de entramados imitando madera que conferían al edificio por su tipología una bella volumetría dotándole de un importante valor ambiental. El conjunto arquitectónico se construyó en tres fases 1920-25, 1929 y 1935 todas ellas proyectadas y dirigidas por Bastida.

El edificio inicial para la residencia se inauguró el 13 de agosto de 1925 y ya desde el mismo verano de su apertura tuvo un gran éxito de asistencia de escolares cuya atención se asignó a la Orden de las Hermanas de la Caridad de Santa Ana que se mantuvieron hasta 1982.

Se trata de una construcción de planta baja, algo elevada, y otras dos más, la superior bajo una amplia cubierta y un semisótano. La fachada, de 31 metros de longitud, no simétrica pero compositivamente similar a ambos lados de su centro, está organizada en tres vanos. El central, presidido por la escalera de acceso a la planta principal con el porche de arcos rebajados. En la planta superior el porche se remata con dinteles constituidos por grandes vigas de madera. La planta bajo cubierta se ilumina mediante dos amplios ventanales, a modo de txoritoki, situados en los ejes de los vanos extremos.

Poco después se vio la necesidad de una ampliación con otro edificio que se situó a la izquierda del primero unido a éste por un cuerpo menor y más retranqueado de 18,5 metros de frente y con cubierta plana para enfatizar los volúmenes principales. Con una fachada más reducida de 17 metros y resuelto con similar repertorio formal pero simplificado y que con acertado criterio estableció su línea de alero a la misma altura, inaugurándose el 13 de agosto de 1929.

Posteriormente, en junio de 1935 se adquirieron más terrenos, 16.434 m2 en la parte delantera pertenecientes al caserío Abiña para, además de ampliar el recinto, con un inusual criterio urbanístico ambiental proteccionista, evitar que otras posibles construcciones próximas pudieran alterar el admirable equilibrio entre privacidad, arquitectura y entorno natural.

Se construyó otro nuevo edificio a la derecha del original de tamaño similar al segundo con 20 metros de fachada con tratamiento idéntico a los anteriores pero distinta composición, sin vanos, pero igualados muy acertadamente todos en la línea del alero y altura de cubierta. El tramo entre estos dos se realiza con otro volumen intermedio más retirado de 12,5 metros de frente y de menor altura pero similar al primer cuerpo de enlace. Junto al edificio original se construyó una torre más sobresaliente a modo de observatorio con reloj que singulariza el conjunto y que como hito emergente es una referencia visual de amplio dominio.

Nuevamente en 1942 se compraron unos 20.000 m2 a la finca contigua hasta llegar a los 78.000 m2 de la actualidad, con una zona agropecuaria dotada de granja, huertas, caballos, arbolado de muy variadas especies para dedicarla a más vegetación, área de cultivo y zona deportiva con frontón, campo de fútbol, piscina, etc. En 1949 se procedió a desecar y rellenar una parte de la marisma para poder ampliar el espacio de jardines y estancia anexo a los edificios.

El conjunto edificado en la actualidad, sin otras ampliaciones de importancia posteriores, constituye una unidad arquitectónica sumamente coherente y con una disposición predominantemente alargada a lo largo de su fachada principal de 98,5 metros de longitud total en la que sobresalen los tres volúmenes descritos, uno central y dos en los extremos.

Orientado hacia el sur y perpendicular al cauce de la ría Prioriza el asoleo como recurso y cualidad saludable dada su función asistencial, frente a otra orientación que hubiese enfatizado las vistas del estuario y a su vez se protege de los vientos del norte con una densa masa arbórea.

El objetivo de esta protección es también fundamentalmente un reconocimiento de la validez de una arquitectura para el uso que fue construida sin apenas alteraciones en tantos años, testimonio de que cuando se hace algo bueno en su tiempo es válido para siempre.

Este es uno de los ejemplos más ejemplares en el que el entorno interactúa con la arquitectura proporcionando al edificio, que se beneficia de su alrededor una recualificación paisajística, y recíprocamente, la edificación, con un sensato y sensible proyecto en forma, volumen y textura, aporta al entorno una integración afortunada. En esta simbiosis naturaleza y arquitectura constituyen una misma unidad indisociable.

La sobresaliente intervención de Ricardo Bastida, que revela una vez más su talento, poniendo en valor la naturaleza circundante mediante la generosidad espacial con un proporcionado equilibrio entre la preexistencia y lo construido, ha quedado en la historia de la arquitectura vasca del siglo XX como un hecho cultural magistral.

La brillante conjunción de una extraordinaria naturaleza en un paraje urbanizado de modo sumamente respetuoso con todo el ámbito en el que se inserta una arquitectura de gran calidad para unos usos de notable utilidad pedagógica social que se mantienen tantos años después, es ya en si mismo, además de modélica, un bien cultural de indudable valor.

A partir de 1982, de acuerdo a los nuevos tiempos educativos la Colonia modificó su orientación dedicándose a la formación medio ambiental. En un convenio con Eusko Jaurlaritza se decidió que se convirtiera en un centro para divulgar a la infancia entre los siete y trece años, en estancias semanales y de fin de semana, el aprecio, respeto y aproximación a la naturaleza y el equilibrio ecológico en un entorno de convivencia con el agua, la ría el bosque y el caserío, y consecuentemente el planeta.

La nueva actividad, desarrollada en el estuario de la Ría de Gernika-Mundaka, cuenca hidrográfica del río Oka, casi coincidió con la consideración de este paraje fluvial, como Reserva de la Biosfera de Urdaibai declarada por UNESCO el 8 de diciembre de 1984.

Posteriormente en 1990 se constituyó el Patronato de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai y desde 1993 existe el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) de dicha Reserva que tiene competencias en todo este ámbito.

Análisis de valores

La Colonia Infantil de la actual Bilbao Bizkaia Kutxa (BBK) en Sukarrieta creada en 1925 es una obra social de extraordinaria importancia en los ámbitos sanitarios, educativos, arquitectónicos y paisajísticos. Por su actividad pedagógica en un paraje urbanístico excepcional reúne las suficientes cualidades para hacerlo merecedor de su reconocimiento como Bien Cultural Calificado fundamentadas en los siguientes valores: histórico, arquitectónico, urbanístico, científico, y social.


1. Valor histórico.

Se trata de una obra trascendental en sus dos aspectos fundamentales el asistencial y el arquitectónico por su carácter anticipado y su total vigencia actual, y consecuentemente de suma importancia para la historia de Euskal Herria.

Todos sus elementos constructivos originales que existen en la actualidad se conservan en perfecto estado funcional y formal.


2. Valor arquitectónico.

Los edificios desde un análisis compositivo y formal constituyen por su acertada conjunción y coherencia una obra arquitectónicamente bella. Representa un momento culminante de la arquitectura denominada neovasca. El excelente estado de conservación de los edificios obliga a la necesidad de su perpetuación para generaciones futuras.

Su autor, el reputado arquitecto Ricardo de Bastida logra en ese proyecto una de sus obras más destacadas muestra de su sensibilidad ambiental, conocimiento del entorno y maestría constructiva.

La necesidad de conservar las obras de sobresalientes arquitectos es una razón adicional que justifica la necesidad de su mantenimiento.

3. Valor urbanístico.

Su implantación en un espacio geográfico de excepcional calidad y también fragilidad es ajustada a las necesidades requeridas constituyendo una referencia singular. Las dimensiones del edificio, su disposición en el terreno y las sucesivas ampliaciones y reformas han estado presididas por una prudencia exquisita que como consecuencia le otorgan un excepcional interés espacial. Como síntesis de todo ello logra una armónica inserción en el entorno de la marisma y constituye desde su construcción una referencia paisajísticamente sublime.

4. Valor científico.

Como ha quedado expuesto en las necesidades que motivaron su construcción las atenciones dispensadas a los niños y niñas alojados supusieron una innovación con apenas referencias equiparables. Un avance médico higiénico sanitario extraordinario equiparable al que en aquel tiempo se practicaba en los dos países más adelantados en esta materia Bélgica y Suiza. Su desarrollo es un logro científico único consecuencia de un estudio preciso de las necesidades de una población con unos graves problemas propios de la penuria social de un amplio periodo de años, por lo que adquiere una importancia extraordinaria.

La nueva actividad desarrollada desde 1982 de concienciación medio ambiental, sustituye conceptualmente a la función original pero, destinada a un mismo tipo de población infantil, tiene idéntico rango de interés didáctico formativo.

7. Valor social.

Es una obra asistencial que hasta el presente durante 85 años ha significado por su trascendencia y utilidad colectiva un elemento de prestigio que trasciende su carácter local, adquiriendo una amplia repercusión. Su modelo formativo-educativo ha sido además de muy reconocido también visitado por ilustres personalidades.

Asimismo las decenas de miles de criaturas que allí pasaron una estancia sumamente importante para su formación personal crea una afección sentimental al lugar que no puede ignorarse y posee un enorme valor inmaterial.

A su vez es una referencia profundamente arraigada en la sociedad que la utiliza y disfruta en su condición de lugar formativo del que se siente orgulloso.


Conclusión

Para correcta protección del conjunto es preciso definir un entorno de protección que basado en su función social desarrollada, contemple criterios topográficos, ambientales, visuales y sonoros más precisos que un rutinario parámetro aritmético-geométrico.

Es necesario que esta delimitación ponga en valor la generosidad espacial propia de la época que evidencia la singularidad de la inserción de una arquitectura bella, coherente y volumetricamente equilibrada en una naturaleza excepcional.

Obviamente la declaración de Bien Cultural Calificado, además de garantizar su protección jurídica, lograría un mayor interés social que propiciaría su mejor conocimiento y difusión y en definitiva supondría el reconocimiento explícito de su indudable relevancia cultural.

Se trata por tanto de reconocer administrativamente y proteger legalmente la validez de un programa social como Bien Cultural Inmaterial desarrollado en un recinto y un notable edificio considerado como Bien Cultural Calificado con la categoría de Conjunto Monumental de rango Arquitectónico, Urbanístico y Paisajístico.

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