Bases jurídicas e instrumentos de diagnóstico y gestión ambiental

Bases jurídicas e instrumentos de diagnóstico y gestión ambiental para una Ordenación del Territorio en clave de desarrollo sostenibleEscuchar artículo - Artikulua entzun

Juan Luis MORAGUES

Durante los últimos años el concepto de Desarrollo Sostenible ha evolucionado, de un término directamente relacionado con lo medioambiental y económico, a un concepto que trata de abarcar la temática social con el objetivo de lograr un equilibrio entre las tres disciplinas. Especialmente con la actividad industrial se desarrolló la teoría del Triple Objetivo (Triple Bottom Line)1, cuyo fundamento es la búsqueda de la compatibilidad entre las tres dimensiones del Desarrollo Sostenible:

  • Dimensión ambiental, entendiendo como tal la protección de los recursos naturales y la articulación de acciones que permitan evolucionar hacía un entorno más limpio.

  • Dimensión económica, que pretende ralentizar el crecimiento económico de forma que no se produzca un agotamiento de recursos, y se equipare el crecimiento económico con el conjunto de recursos disponible.

  • Dimensión social, que trata de mantener la cohesión social y dinamizar la perspectiva del individuo, desde sus condiciones laborales, sanitarias y alimentarias.

A nivel supranacional han sido la Unión Europea y la Organización de las Naciones Unidas, las que han actuado de manera más eficaz en la expansión del concepto de Desarrollo Sostenible por todo el mundo. Por su parte, la actuación normal en los Estados, ha sido la aprobación generalizada de las Estrategias de Sostenibilidad que suponen una mayor implicación de las Administraciones en la Sostenibilidad y el establecimiento de mecanismos que desarrollen esa política concreta.

La UE, a través de sus Programas de Acción, ha establecido las pautas a seguir por parte de los países miembros. El V Programa de Acción 1992-2000, estableció las herramientas legales necesarias para desarrollar por parte de los países miembros actividades protectoras del Medio Ambiente. De esta forma y a pesar de lograr avances concretos en diversas materias, sobretodo en lo relativo a la calidad del aire y en relación a las aguas fluviales, en otras materias el avance de este plan ha sido insuficiente. Así ha ocurrido en relación al aumento de la generación de residuos, a la existencia de fuentes difusas de contaminación y el crecimiento del consumo de recursos naturales.

Por esta razón, el VI Programa de Acción de la UE 2001-2010 plantea una estrategia para cumplir sus objetivos que son:

1. Resolver el problema del cambio climático

2. Naturaleza y biodiversidad: proteger un recurso único

3. Medio Ambiente y Salud: Control de la contaminación

4. Utilización sostenible de los recursos naturales y gestión de los residuos

Y esta Estrategia se basa en cinco puntos, el quinto de los cuales consiste en “Introducir la dimensión medioambiental en las decisiones sobre planificación y gestión de los usos del suelo”, que expresamente dice “En el complejo juego de fuerzas y presiones que dan lugar a los problemas ecológicos, la planificación y gestión de los usos del suelo desempeñan un papel vital. Se trata de un amplio abanico de toma de decisiones, que suelen adoptarse a nivel local y regional, y que determinan el carácter e intensidad de actividades y usos del suelo que, con frecuencia, pueden tener grandes impactos sobre las condiciones ambientales. Estos impactos pueden ser directos, como la destrucción de hábitats y paisajes, o indirectos, por ejemplo cuando contribuyen a aumentar el tráfico y, por tanto, la congestión, la contaminación atmosférica y la emisión de gases de efecto invernadero. Estos impactos son especialmente preocupantes en las zonas urbanas y costeras, que es donde se registra la mayor presión y surgen más conflictos por los usos y explotación del suelo.

La Directiva Comunitaria sobre Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y la propuesta sobre Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), que tienen por objeto garantizar la evaluación adecuada de las repercusiones sobre el medio ambiente de proyectos de infraestructuras, contribuirán también a una mayor integración de las consideraciones medioambientales en las decisiones de planificación.”

Efectivamente, es absolutamente necesario que las decisiones de planificación pasen una evaluación previa respecto de las consecuencias medioambientales que acarrean, máxime en un territorio orográficamente difícil y denso en población, como es el nuestro. Por ello, tienen especial relevancia las políticas que tratan de conectar la sostenibilidad con la Ordenación del Territorio y el Planeamiento Urbanístico, y en consecuencia la integración en nuestro Ordenamiento Jurídico de los instrumentos de Evaluación Ambiental que propone la Unión Europea.

Así, la reciente aprobación en la C.A.P.V. del Decreto 183/2003 sobre Evaluación Conjunta de Impacto Ambiental, ha introducido un nuevo mecanismo defensivo frente a los impactos negativos que sobre el medio ambiente pueden provocar los Planes Urbanísticos o de Ordenación del Territorio. En el mismo sentido, esta normativa será aplicable a cualesquiera otros planes y programas con incidencia territorial (Planes de energía, residuos, recursos hídricos, transporte...).

Se trata de la creación de un proceso paralelo a la tramitación de todo documento urbanístico y de Ordenación del Territorio, que trata de analizar los diversos impactos ambientales que un determinado plan puede implicar sobre el Medio Ambiente, desde una perspectiva de protección de los recursos naturales de su ámbito de influencia.

El procedimiento establecido por el Decreto obliga, a la Administración competente de redactar el Plan, a tener en cuenta los posibles impactos del mismo mediante la realización de un Estudio de Impacto Ambiental, que será evaluado por el órgano ambiental correspondiente mediante la realización de los pertinentes informes2 que carecen de efecto vinculante respecto del procedimiento urbanístico. El contenido del Estudio de Impacto se recoge en el Anexo de la normativa.

Por otro lado, unas buenas prácticas en la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento urbanístico, pueden introducir importantes avances en clave de sostenibilidad, tal y como resumimos en los cuadros que se adjuntan.

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